El pasado 16 de junio, la Coalición de Organizaciones Contra la Quema de Carbón presentó al país la sentencia emitida por el Tribunal del Pueblo que sesionara durante el pasado mes de abril para considerar los efectos sobre las personas y el ambiente de la Planta de Carbón AES localizada en el pueblo de Guayama. Dicho tribunal encontró culpable a la Carbonera AES de atentar contra la vida y la salud del pueblo y el ambiente de Puerto Rico exigiendo se proceda inmediatamente al cierre de dicha planta generatriz y a la mitigación de los daños que su operación ha causado.
El pasado 24 de abril se celebró, en la Primera Iglesia Bautista de Guayama, un Tribunal del Pueblo para juzgar a la Carbonera AES en un caso presentado por la Coalición Contra la Quema de Carbón y sus Cenizas Tóxicas en representación de las comunidades afectadas por la contaminación de dicha empresa.
Un panel de seis distinguidos ciudadanos, provenientes de diferentes sectores de la comunidad, escucharon el testimonio de las víctimas, de expertos en las ciencias y la medicina, así como a los residentes de diferentes comunidades que se han visto afectadas en Puerto Rico y otros países.
Este jurado estuvo integrado por el Sr. Ramón Cruz, presidente del Club Sierra; Manuel J. Martínez Colón, Arquitecto y Especialista en Diseño Eco-amigable; Reverenda Sary N. Rosario Ferreira, quien posee un Bachillerato en Ciencias Naturales y un Doctorado en Divinidad; Reverendo David Soto Cardona, pastor de la Segunda Iglesia Bautista de Guayama; Teresa Vélez, dirigente de la Federación de Maestros de Puerto Rico y la Ing. Ingrid M. Vilá Biaggi, quien posee una Maestría en Ingeniería ambiental de la Universidad de Stanford.
El jurado también tuvo la oportunidad de examinar los Estudios Realizados por el Departamento de Salud Ambiental, Escuela de Salud Pública del Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico durante los años 2016 y 2018. Estos estudios consideraron la prevalencia de enfermedades respiratorias, cardiovasculares, cáncer, enfermedades de la piel, diabetes y abortos espontáneos.
Durante el transcurso del proceso desfilaron testimonios de los doctores en medicina, Domingo Cáceres, Presidente de la Fundación Médica; Gerson Jiménez. Director Médico del Hospital Menonita de Guayama ; los doctores en Química Carmelo García y Osvaldo Rosario; el Doctor en Salud Pública Luis Bonilla Y el Licenciado Diego Ledee.
Residentes de las comunidades víctimas de la contaminación presentaron, via grabación, sus testimonios sobre sus problemas de salud causados o exacerbados por las emanaciones de la torre de la AES o su exposición a las cenizas que resultan de la quema de carbón. Además del constante ruido que produce las funciones diarias de la carbonera.
El Doctor Jiménez presentó estadísticas que corroboran las denuncias del aumento en enfermedades relacionadas desde que la AES se estableció en Guayama lo que es confirmado por los estudios presentados por el Doctor Bonilla realizados por la Escuela de Salud Pública del Recinto de Ciencias Médicas de la UPR que demuestran la prevalencia de enfermedades causadas por particulado PM 10 en comparación con comunidades de condiciones parecidas en Fajardo. En los testimonios de los testigos expertos se presentó evidencia de la peligrosidad y toxicidad de las emanaciones y las cenizas que produce la AES. Los doctores en Química Rosario y García mencionaron los metales pesados que contienen estas y sus nefastas consecuencias para las personas que entran en contacto con las mismas.
El Licenciado Euren Cuevas, del Instituto de Abogados para la Defensa del Ambiente (INSAPROMA) de la República Dominicana narró la experiencia de nuestros hermanos dominicanos cuando la AES exportó sus cenizas a nuestros vecinos causando muertes y enfermedades que provocaron desasosiego y tristeza. Estas comunidades llevaron sus demandas a las cortes de Delaware, lugar donde aparece incorporada AES, aunque sus cuarteles están en Virginia.
Luego de muchos años la AES transa por $36 millones que pagó el Gobierno Dominicano. Pasaron por el proceso testimonios en video de comunidades en Chile y Estados Unidos que luchan contra la misma carbonera AES por su contaminación a sus comunidades lo que comprueba que esta empresa no respeta países ni fronteras. Finalmente de Colombia testificaron sobre las situaciones críticas que atraviesan en su nación por la extracción del carbón que es el lugar de procedencia del que se quema en Guayama.
El veredicto del panel de ciudadanos que evaluó la evidencia fue el siguiente: Por todo lo expuesto anteriormente este Tribunal del Pueblo determina que AES es CULPABLE DE TODAS LAS ACUSACIONES CONTENIDAS EN EL PLIEGO ACUSATORIO Y ORDENA:
1.1. La terminación inmediata del contrato de AES y la remediación de daños. El Jurado entiende unánimemente que existe suficiente evidencia para que el gobierno de Puerto Rico rescinda el contrato con AES de manera inmediata y exija que la compañía limpie las áreas afectadas e indemnice a la población por los daños causados a la salud y a la propiedad. Esta indemnización debe ser en dinero por el daño que esta planta ha generado en las economías de las familias que están enfermas o que tienen algún pariente que ha muerto por la contaminación generada por la AES.
1.2. Que luego del cierre inmediato de la operación, será responsabilidad y obligación de AES desmantelar, remover y disponer adecuadamente de toda estructura, edificio, equipo y todo lo contenido dentro del área de operación de la planta de carbón. Será responsabilidad y obligación de AES continuar un plan de remediación y limpieza de todas las áreas afectadas por su operación incluyendo, pero no limitándose, al suelo y subsuelo, los acuíferos, las costas y arrecifes. Será responsabilidad y obligación de AES entregar los terrenos una vez limpios y descontaminados (proceso que no debe exceder 5 años) al pueblo de Puerto Rico para su uso y disfrute. Dicha transferencia no limita la responsabilidad futura de AES sobre otros posibles impactos que se encuentren en el área y que hoy no se conozcan. Constituir un comité ciudadano para el desarrollo y monitoreo de este plan de limpieza que incluye el área de la planta, el Acuífero del Sur, las comunidades y el entorno impactado adyacentes a la planta y los municipios donde fueron depositadas cenizas tóxicas.
1.3. Que se atiendan de manera inmediata las estadísticas que se encuentran en el estudio de la Escuela de Salud Pública, liderado por el Dr. Luis Bonilla, y las del Hospital Menonita de Guayama, dirigido por el Dr. Gerson Jiménez. La operación de AES ha producido una emergencia de salud pública para las personas que viven en las comunidades de Guayama y otras alrededor y fuera de Puerto Rico. Exigimos que el Departamento de Salud 1) ordene el cierre de esta planta por el bienestar y la salud de todos/as las personas que viven en estas comunidades, 2) lleve a cabo un estudio epidemiológico que ayude a entender la magnitud del impacto de la contaminación en la población, y 3) exija que la planta comience inmediatamente todo trabajo de limpieza necesario de las áreas afectadas.
1.4. Que AES tiene que limpiar y pagar por la contaminación al acuífero del sur, el cual ha sido víctima de contaminación de forma acumulativa por los pasados 19 años que ha operado la planta de AES. Se debe compensar a los pescadores que han perdido su fuente de ingreso debido a la contaminación y daño que AES ha provocado en la industria pesquera de ese lugar, la cual ha ido desapareciendo a consecuencia de la operación de esta planta. 1.5. Que el Departamento de Educación evalúe y denuncie el impacto que han tenido las operaciones de AES en estudiantes, personal y propiedades públicas y cualquier otra acción necesaria para menoscabar el derecho del estudiantado a educarse en paz. Que incluya además los daños ocasionados por las cenizas tóxicas en las estadísticas del Perfil de Salud y Seguridad del Estudiante.
1.6. Que la EPA cambie la prueba de toxicidad para las cenizas que generan las plantas de quema de carbón de TLCP, por la prueba LEAF, la cual de acuerdo a la evidencia presentada por el doctor en química Osvaldo Rosario, es mucho más precisa en determinar los niveles de toxicidad para este tipo de material. Así lo ha demostrado el Estudio que hizo la Universidad de Vanderbilt acerca de las cenizas de carbón que genera la Planta AES.
1.7. Que la EPA prepare un plan de implementación federal (FIP) con limitaciones de emisiones exigibles para lograr que los niveles de dióxido de azufre en las áreas alrededor de las plantas de energía de la AEE cumplan con los estándares de calidad del aire. Este FIP debe incluir restricciones en el contenido de azufre del combustible, la tasa de combustión y las concentraciones de SO2. Los monitores de calidad de aire deben estar ubicados en las comunidades más cercanas a las plantas para que los residentes puedan ser advertidos e informados sobre los niveles insalubres de gases ácidos en el aire y tomar las medidas de protección adecuadas.
1.8. Finalmente el Tribunal determinó que el gobierno de Puerto Rico cancele de inmediato todo contrato con AES y que dicha corporación sea designada como enemiga del pueblo de Puerto Rico, prohibiendo todo negocio futuro en el archipiélago. Tanto la AES como las agencias del gobierno de PR vinculadas a este escándalo han actuado negligentemente, atentando contra los derechos a la salud, la vivienda, el empleo, la educación y la vida misma.
Para descargar la sentencia completa emitida por el tribunal del pueblo: El Pueblo de Puerto Rico contra Applied Energy Systems (AES).