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BREL 7| Publicado el 17 abril 2018
Los buitres vienen por más. Ya el modelo capitalista no se sostiene únicamente con la explotación de los trabajadores y trabajadoras, ni con el empobrecimiento y la precariedad de los sectores más vulnerables. Este animal carroñero se viste desde hace algunas décadas con sus políticas neoliberales y se alimenta de los estilos económicos que favorecen la privatización de los servicios esenciales del pueblo. El “capitalismo del desastre” en Puerto Rico finalizó su fase de degradar los servicios esenciales como la educación pública, e inició un nuevo ciclo con la implementación de escuelas privadas sufragadas con fondos públicos.
El 29 de marzo de 2018, el gobernador Ricardo Rosselló Nevares firmó la “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico” (Ley # 85), la cual entró en efecto inmediatamente fue firmada, con la única excepción del llamado Programa de Libre Selección de Escuelas. Este Programa comenzará a operar en el año fiscal 2019-2020 y promueve el subsidio directo a los padres mediante becas educativas.
La “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico” (Ley 85) deroga las leyes conocidas como “Ley Orgánica del Departamento de Educación de Puerto Rico” y “Ley del Programa de Vales Educativos y Libre Selección de Escuelas.” Su propósito es establecer la nueva política pública y reformular el sistema educativo en su totalidad. El discurso gubernamental alega la intención de descentralizar el sistema y establecer más opciones educativas de las que actualmente ofrece la escuela tradicional. Sin embargo, la intención del gobierno tiene visos de inconstitucionalidad en relación a la Sección 5 del Artículo II de la Constitución: “No se utilizará propiedad ni fondos públicos para el sostenimiento de escuelas o instituciones educativas que no sean las del Estado .” Además elimina derechos al magisterio y discrimina a estudiantes con problemas de aprendizaje ya sea por el ambiente de estudio en el hogar o por condiciones de desarrollo.
El Programa de Libre Selección de Escuelas del Departamento les facilitará un certificado a los encargados para seleccionar la escuela pública o privada de su preferencia. Este Programa comenzará a regir a partir del segundo grado y serán elegibles hasta un tres por ciento (3%) del total de los estudiantes del sistema matriculados cada año escolar.
La Ley 85 establece que los distritos escolares pasarán a ser parte del pasado y las regiones educativas serán convertidas en “Local Educational Agency” (LEA). A partir de noventa (90) días luego de la aprobación de esta ley el Departamento deberá haber iniciado las acciones para eliminar las oficinas de distrito del Departamento y distribuir sus funciones, bienes y personal a las nuevas Oficinas Regionales Educativas y al nivel central. El sistema mantendrá las escuelas regulares: escuelas tradicionales, escuelas bajo la modalidad Montessori y las escuelas especializadas, pero le da la bienvenida a las “Escuelas Públicas Alianza”.
El concepto de “Escuelas Públicas Alianza”, representa escuelas que, aunque originalmente fueron creadas y construidas por el Estado, pasarán a ser gestionadas por instituciones privadas. Además, se establece que toda la educación ofrecida en las correcciones pasará a manos del Departamento, ya que la misma había estado a cargo de las instituciones de corrección.
La Ley # 85, establece un presupuesto basado en el costo promedio por estudiante y le abre la puerta a lo que denomina el “tercer sector”. Crea la Comisión para el Estudio y Recomendación de la Filosofía Educativa de Puerto Rico (CERFE-PR), con el fin de hacer recomendaciones al Secretario para la adopción de la filosofía educativa del Sistema de Educación Pública que deberá ser sometido en o antes del 30 de junio de 2018.
El Departamento estima mantener abiertas a agosto de 2018 entre 800 a 825 escuelas, completándose la meta que se inició con la administración pasada del gobernador Alejandro García Padilla, y que completaría la administración actual del gobernador Rosselló. Una Escuela Pública Alianza será “una escuela pública, no sectaria y sin fines de lucro, que operará bajo la supervisión del Secretario, de conformidad con la Carta Constitutiva y por el ordenamiento jurídico vigente.” Tendrá autonomía sobre sus decisiones, incluyendo pero sin limitarse a: asuntos de finanzas, personal, calendario, currículo e instrucción. Su currículo tendrá que cumplir con el reglamento promulgado por el Secretario a esos fines, las expectativas de aprendizaje que se conocen como estándares y utilizar medidas generales de aprovechamiento tales como las pruebas META.
La matrícula en estas escuelas deberá dar prioridad a (i) aquellos estudiantes que estuvieron matriculados en la escuela durante el año anterior; (ii) a los hermanos de los estudiantes que están matriculados en la escuela; y (iii) a los estudiantes que residan dentro de los límites regionales de la escuela. Sin embargo, el Autorizador podrá establecer límites de matrícula si determina que dichos límites son necesarios para evitar el hacinamiento o para proveer un mejor servicio a los estudiantes de bajo ingreso o en riesgo. De no haber suficiente capacidad para matricular a todos los estudiantes, la escuela puede seleccionar estudiantes mediante una lotería realizada según las normas que establezca el Autorizador. Salvo lo dispuesto en la Leyes de Puerto Rico, las Escuelas Públicas Alianza no podrán cobrar gastos ni matrícula.
Los municipios podrán participar bajo el modelo de Escuelas Públicas Alianza, por lo que ya podemos apreciar un sin número de alcaldes puestos para el guiso, después de darle a sus ciudadanos la falsa idea de sensibilizarse en la actualidad por el cierre de las escuelas de las comunidades rurales y marginadas. La asesora del Departamento, Julia Keleher contempla iniciar el nuevo año escolar 2018-2019, con la apertura de dos Escuelas Públicas Alianza, por cada una de las siete regiones LEA.
En relación a la certificación de maestros, los aspirantes a maestros podrán continuar utilizando la ruta tradicional para conseguir una certificación, completando un programa de preparación pedagógica o mediante una nueva estipulación, que contempla que el candidato podrá obtener, su certificación simplemente con ostentar una maestría. Los maestros deberán ser profesionales capacitados que probadamente y evidenciariamente dominen las materias que han de impartir con excelencia. El proceso de reclutamiento en cada Región Educativa se llevará a cabo mediante un Registro de Elegibles y el mismo se utilizará únicamente cuando existan plazas disponibles. La autonomía docente se referirá a los temas comprendidos en los cursos que imparte y podrá realizar cualquier adaptación del temario de los cursos al perfil socio-cultural y geográfico de sus estudiantes, previa aprobación con sus superiores. Los derechos de los empleados del Departamento están supeditados a los derechos educativos de los estudiantes.
El personal contratado por la Escuela Pública Alianza estará exento de las leyes y reglamentación que gobiernan los asuntos de personal del Departamento. El Departamento otorgará, por un periodo de dos (2) años una licencia sin sueldo para los empleados que reciban y acepten una oferta de empleo por parte de de la Entidad Educativa Certificada. La misma garantizará la escala salarial y los beneficios marginales del personal docente y no docente que ostentaban en el Departamento al momento de aceptar la oferta de empleo. A partir de los dos (2) años, el salario no podrá ser reducido, pero no así los demás beneficios marginales que no provea la Escuela Pública Alianza. A petición del maestro, se le continuará reteniendo la aportación al Sistema de Retiro de Maestros del Gobierno de Puerto Rico.
Aunque el Departamento establece que “el estudiante es la única razón de ser del sistema educativo y el maestro su recurso principal” es el mismo Departamento el que mediante su Programa de Defensa de los Derechos hace invisible a la población escolar según su perspectiva de género. Aunque el Departamento alega dará prioridad a la educación en equidad de género enfatizando los mismos roles y derechos entre hombres y mujeres, ignora nuevamente a la población de estudiantes conforme el aspecto de perspectiva de género. Además, el objetivo global de la educación del estado enfoca sus esfuerzos en las materias de Ciencia, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas (STEM) o Ciencias, Tecnología, Ingeniería, Artes y Matemáticas (STEAM); además de promover una educación bilingüe.
Bajo la Ley # 85, el Secretario de Educación continuará manteniendo su autoridad para determinar el cierre, consolidación y/o reorganización donde operan las escuelas públicas de Puerto Rico, previa determinación de necesidad. Por lo que el desastre implementado por el gobierno anterior y actual en el sistema educativo pudiera recrudecerse aún más. Bajo la canibalización del sistema educativo y el interés de los dos gobiernos (azules y rojos) de entregar a instituciones privadas la educación del país, se agudiza el ataque contra los hijos e hijas del pueblo trabajador y pobre del país.
Vemos, como el reciente cierre de 283 escuelas deja desprovisto del pan de la enseñanza a los sectores rurales y centrales de la isla. A la fecha no se ha presentado ningún estudio o los criterios utilizados para el cierre de estas escuelas. De forma tardía, y luego del desastre, la Ley establece que a partir del 1 de julio de 2018, y previo al cierre, consolidación y/o reorganización de cualquier escuela, el Secretario deberá preparar un estudio. Este estudio deberá contener los indicadores de medición que permitan la valorización por cada criterio y deberán estar a disposición del público. Pese a que el gobernador reconoció que el ahorro que representa el cierre de esas 283 escuelas públicas para el año escolar entrante no es uno significativo, y que el cierre no procura una mejoría en el presupuesto de Educación, argumentó que lo que se pretende es “mejorar la calidad de la enseñanza.”
El gobierno de turno le ha declarado la guerra a los sectores pobres y marginados del país, al implementar de forma insensible y arbitraria los cientos de cierres de escuela y al iniciar la fase de entregar la educación del país a manos privadas. Sus acciones han estado basadas únicamente en doctrinas neoliberales de “economía vudú”, vacías de referencias empíricas y/o racionales. Estos tiempos de ataque requieren la planificación de acciones contundentes que detengan la continuidad de la canibalización de la educación pública de nuestro país, por parte de los sectores privados que solo buscan enriquecerse a costa de la necesidad de una educación accesible y de calidad para nuestros hijos e hijas.